Estimada parcialmente 31/10/2023

Solicitud de información sobre justificación de gasto en transporte para víctimas de agresiones sexuales

Un sindicato solicitó información sobre la justificación del gasto en transporte para víctimas de agresiones sexuales al Principado de Asturias. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha dictado una resolución de estimación parcial tras analizar la petición.

Puntos clave de la argumentación

1 El reclamante solicita documentación relativa a la justificación de gastos en el servicio de transporte para víctimas de agresiones sexuales en los denominados 'Centros de Crisis'.

Texto completo

ANTECEDENTES DE HECHO

Se inicia el procedimiento administrativo correspondiente al expediente. Mediante escrito presentado, se formula solicitud. Se practican las diligencias oportunas y se eleva el expediente a resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Competencia

Corresponde a este órgano la resolución del presente procedimiento, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.- Hechos probados

Se consideran acreditados los hechos expuestos en los antecedentes.

Tercero.- Fundamentos de derecho aplicables

La normativa aplicable al caso es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la legislación sectorial específica.

Cuarto.- Fundamentación de la resolución

Tras la instrucción del procedimiento y la valoración de las pruebas y alegaciones presentadas, se estima que procede resolver conforme a derecho.

RESOLUCIÓN

Por todo lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,

RESUELVO:

  1. Desestimar/Estimar el recurso/solicitud presentado.
  2. Notificar la presente resolución a las partes interesadas.
  3. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado/ Tribunal competente, en el plazo de dos meses.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.