Se solicitó documentación relativa a un proceso de selección de personal al Ayuntamiento de Casas del Monte. Tras la denegación inicial, el interesado interpuso reclamación. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) resuelve estimar la reclamación, confirmando el derecho de acceso.
Puntos clave de la argumentación
Texto completo
ANTECEDENTES DE HECHO
La Generalitat de Cataluña, a través de la Administración Tributaria, ha instruido el presente procedimiento. El Departamento de Estadística y Análisis de la Generalitat ha emitido la correspondiente resolución.
Antecedentes
Se han practicado las diligencias oportunas y se han tenido en cuenta las alegaciones presentadas por la parte interesada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1. En primer lugar, es de aplicación la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que regula el procedimiento administrativo.
2. Asimismo, resulta de aplicación la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, en lo relativo a la organización y funcionamiento de la Administración.
3. La resolución se ajusta a los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y eficiencia, conforme a la normativa vigente.
RESOLUCIÓN
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente,
RESUELVO:
- Desestimar las alegaciones presentadas.
- Confirmar la resolución recurrida.
- Notificar la presente resolución a los interesados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses.