Archivada 21/03/2017 · 83 días en resolverse

Solicitud de relaciones de puestos de trabajo vacantes en diversos ministerios y organismos

El interesado solicitó relaciones de puestos de trabajo vacantes a diversos ministerios y organismos. Tras recibir una respuesta del Ministerio de Hacienda y Función Pública sin el anexo prometido, reclamó ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. El Consejo archiva el caso ya que la administración admitió el error técnico y envió la información solicitada durante el proceso.

Puntos clave de la argumentación

1 La administración reconoció que, por un problema técnico, el anexo con la información solicitada no se adjuntó a la resolución original.
2 El Ministerio de Hacienda y Función Pública procedió al envío del anexo mediante correo electrónico al interesado el 30 de diciembre de 2016.
3 Al haberse materializado la entrega de la información requerida durante la tramitación de la reclamación, el objeto de la misma ha quedado satisfecho.

Texto completo

RESOLUCIÓN S/REf: 00 1 -0 1 o 1 06 NIREF: R/0550120 16 FECHA: 17 de marzo de 20 17 Consejo de Transparencia y Buen Gobiorno PRESIDENCIA ASUNTO: Resolución de Reclamación presentada al amparo del artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno En respuesta a la Reclamación presentada por············­ •••• con entrada el dia 28 de diciembre de 2016, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, considerando los Antecedentes y Fundamentos Juridicos que se especifican a continuación, adopta la siguiente RESOLUCIÓN: 11. ANTECEDENTES • En virtud del articulo 74 del Real Decreto Legislativo 512015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Púb lico, y del articulo 15 de la Ley 3011984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, solicito l as siguientes rel aciones de puesto de trabajo. Ministerios: • Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. • Ministerio de Justicia. • Ministerio de Defensa. • Ministerio de Hacienda y Función Púb lica. • Ministerio de/Interior. • Ministerio de Fomento. • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. • Ministerio de Empleo y Seguridad Socia l. [email protected] • Mínísterío de Energía, Turísmo y Agenda Dígítal. • Mínísterío de Agricultura y Pesca, Alímentacíón y Medío Ambíente. • Mínísterío de la Presídencía y para las Admínístracíones Terrítoríales. • Mínísterío de Economía, lndustría y Competítívídad. • Mínísterío de Sanídad, Servícíos Socía/es e Igualdad. Províncía: A Coruña Organísmos: Delegacíón del Gobíerno de la Coruña. Subdelegacíón del Gobíerno de la Coruña. Organísmos Públícos de /os mencíonados mínísteríos en la províncía de la Coruña. Es decír los servícíos terrítoríales y períférícos de díchos mínísterios de la províncía de la Coruña. Puestos: -Subgrupo A21 Níveles 18 a 26 1 Típo de Cuerpo o Escala de adscrípcíón 1 EN SITUACIÓN DE VACANTE. Fechas de corte: 4 Julío de 2016 19 de agosto de 2016 28 de septíembre de 2016 19 de octubre de 2016 Y la fecha actual, en torno a/21 de novíembre de 2016. 2. Mediante Resolución de fecha 22 de diciembre de 2016, MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCI ÓN PÚBLICA contestó 1 • ··~······· informándole que La ínformacíón solícítada se adjunta como Anexo a la presente Resolucíón. No obstante, debe señalarse que el hecho de que los puestos del mencíonado Anexo figuren como vacantes en las respectívas relacíones de puestos de trabajo no sígnífica necesaríamente que estén dísponíbles, ya que pueden haber sído comprometídos por los órganos competentes en matería de personal de cada organísmo para su cobertura por alguna de las formas de provísíón prevístas en la normatíva vígente (concurso, reíngreso, comísíón de servícíos, etc.) o estar sujetos a otras círcunstancía que ímpídan su cobertura. 3. presentó Reclamación ante este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, en escrito de 22 de diciembre de 2016, con entrada el 28 de diciembre, solicitando que se le facilite la información anteriormente requerida al Portal de Transparencia y hasta el momento de hoy no recibida. 4. En escrito de 30 de diciembre de 2017, •••••••••••••• amplia su escrito de reclamación y manmesta que ha recibido resolución pero no recoge el anexo, ní tampoco el expedíente; hay que decír que el procedímíento no satísface mís pretensíones de conocer determínados puestos de trabajo, dado que no constan en el procedímíento, ní anexo de resolucíón. por ello y teníendo en cuenta la posíbílídad de reclamacíón ante el presente consejo de transparencía y buen gobíerno, solícíto que se me envíe el anexo de FIRMANTE (1): MARIA ESTHER ARIZMENDI GUTIERRE Z 1 FECHA: 21/03/201710:391 NOTAS: F resolución, o el conte nido de l as mismas, /as cuales son el objeto de todo proc edimiento. 5. El 20 de enero de 2017, tuvieron entrada en este Consejo de Transparencia alegaciones del MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA, con el siguiente contenido: • La información solicitada se adjuntaba como Anexo a la Resolución, señalándose que el hecho de que los puestos del mencionado Anexo figuren como vacantes en l as respectivas relaciones de puestos de trabajo no significa necesariamente que estén disponibles, ya que pueden haber sido comprometidos por los órganos competentes en materia de personal de cada organismo para su cobertura por alguna de las formas de provisión previstas en la normativa vigente (concurso, reingreso, comisión de servicios, etc.) o estar sujetos a otras circunstancia que impidan su cobertura. • Por un problema técnico, el mencionado anexo no se unió al texto de la resolución en la misma fecha de la Resol ución. • Advertido el error, en fecha 30 de diciembre, este Centro directivo envió el mencionado anexo por correo electrónico a la dirección i ndicada por el interesado en su reclamación. • En consecuencia, y vista la reclamación presentada por el interesado, se remíte dicha documentación complementaria a dicha reclamación, presentada al amparo de la Ley 1912013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información y buen gobierno. 6. El 26 de enero de 2017, se dio trámite de Audiencia del expediente - ~····~~··~~~··~~··~· para que se tomara vista de las alegaciones y documentos presentados por la Administración, sin que se hayan presentado nuevas alegaciones en el plazo concedido al efedo. 111. FUNDAMENTOS JURÍDICOS 1. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 24 de la L TAIBG, en relación con el articulo 8 del Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, la Presidenta de este Organismo es competente para resolver las reclamaciones que, con caráder potestativo y previo a un eventual Recurso Contencioso-Administrativo, se presenten en el marco de un procedimiento de acceso a la información. 2. La LTAIBG reconoce en su articulo 12 el derecho de todas las personas a acceder a la información pública, entendida, según el articulo 13 de la misma norma, como •tos contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este titulo y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones•.