ITEM Formación y Proyectos Informáticos, S.L. solicitó al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) información sobre la modificación de su acreditación como centro de formación. Ante la falta de respuesta, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno resuelve estimar la reclamación por silencio administrativo.
Puntos clave de la argumentación
1
La administración incurrió en silencio administrativo al no responder a la solicitud de acceso a la información en el plazo legal establecido.
2
El derecho de acceso a la información pública es la regla general y su denegación o silencio debe estar debidamente motivada.
3
La falta de respuesta constituye una vulneración del derecho de acceso, obligando a la administración a facilitar la información solicitada.
Texto completo
PRESIDENCIA
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RRESOLUCIÓN
S/REF: 001-016134
N/REF: R/0407/2017
FECHA: 27 de noviembre de 2017
ASUNTO: Resolución de Reclamación presentada al amparo del artículo 24 de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno
En respuesta a la Reclamación presentada por
ITEM FORMACIÓN Y PROYECTOS INFORMÁTICOS, S.L., con
entrada el 1 de septiembre de 2017, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, considerando los Antecedentes y Fundamentos Jurídicos que se especifican a
continuación, adopta la siguiente RESOLUCIÓN:
I. ANTECEDENTES
1. Según se desprende de la documentación obrante en el expediente,
ITEM FORMACIÓN Y PROYECTOS
INFORMÁTICOS, S.L., solicitó al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
(SEPE), dependiente del MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en
escrito de fecha 4 de julio de 2017 y en base a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre,
de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (en adelante,
LTAIBG), la siguiente información:
-Que el día 07/10/2016, solicitamos la modificación de la acreditación, como
Centro de formación para impartir los certificados de profesionalidad
regulados en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, para incluir una nueva
especialidad: “INAD0108 OPERACIONES AUXILIARES DE ELABORACIÓN
EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA” (Nivel 1).
-Que el día 27/03/2017, se presentó, a requerimiento de los servicios de
acreditación de Centros de teleformación del SEPE Estatal, escrito de
contestación al oficio de subsanación, donde referíamos las acciones y
mejoras implementadas para resolver satisfactoriamente las
disconformidades detectadas.