archivada 12/09/2017 · 74 días en resolverse

Solicitud de información sobre la clasificación laboral del personal militar de carrera de tropa y marinería en el Subgrupo C2

El interesado solicitó al Ministerio de Defensa información sobre el órgano responsable de la clasificación laboral del personal militar de carrera de tropa y marinería en el Subgrupo C2 y las directrices jurídicas aplicadas. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno analiza la reclamación tras la actuación de la administración.

Puntos clave de la argumentación

1 La solicitud busca identificar el órgano competente y la base normativa o interpretativa de la clasificación del personal militar de carrera de tropa y marinería en el Subgrupo C2.

Texto completo

1 ~ a=--1 ~~·...,1 Consejo de Transparencia y Buen Gobierno PRESIDENCIA RESOLUCIÓN S/REF: 00 1~ 14224 NIREF: R/0305120 17 FECHA: 12 de septiembre de 20 17 ASUNTO: Resoluc ión de reclamación presentada al amparo del artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparenci a, acceso a la información pública y buen gobierno En respuesta a la Reclamación presentada por entr ada el 30 de junio de 2017, el Consejo de Transparencia considerando los antecedentes y fundamentos jurídicos que continuación, adopta la siguiente RESOLUCIÓN: 11. ANTECEDENTES , con y Buen Gobierno, se especifican a 1. Según se n .. ••nn .. nr• .. de la documentación obrante en el expediente, el 21 de abril de 2017, solicitó al MINISTERIO DE DEFENSA, información información: de Transparencia, Acceso a la públi ca y Buen Gobierno (en adelante L TAIBG), la siguiente Primera: Ya que la Dirección General de la Función Pública y de acuer do a sus competencias de acuerdo competencia en base al Real Decreto 80212014, de 19 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Real Decreto 69612013, de 20 de septiembre, de modificación del anterior. (Artículo 15, BOE, 26 de septiembr e) resuelve, que no ha clasificado a efectos laborales/profesionales al personal militar de carrera de tropa y marinería en el Subgrupo C2, y puesto que era la información publicada en la página de SAPROMIL, ¿Qué Órgano con competencias en materia de personal del Ministerio de Defensa ha realizado dicha clasificación? Segunda: ¿en que directrices, instrucciones, acuerdos, circulares o respuestas a consultas planteadas por los particulares u otros órganos en la medida en que supongan una interpretación del Derecho o tengan efectos jurídicos se ha realizado dicha clasificación en la cual se encuadra al personal militar de carrera de tropa y marinería en el Subgrupo C2, hecho este que se produce en los certificados emitidos al respecto para poder pasar a la situación de Servicio en Administración Civil por parte de los Órganos de Personal de los Ejércitos? [email protected] -