La Plataforma contra la contaminación de Alminar solicitó al Ministerio de Justicia información sobre el proceso de incumplimiento del Convenio de Aarhus y las medidas adoptadas. El Ministerio inadmitió la solicitud. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno analiza la reclamación tras la respuesta denegatoria de la administración.
Puntos clave de la argumentación
1
La administración inadmitió la solicitud basándose en el artículo 18.1 letra e) de la Ley 19/2013, relativo a solicitudes repetitivas o abusivas.
Texto completo
Con~ejo de
Transparencia y
Buen Gobiorno
PRESIDENCIA
RESOLUCIÓN
S/Rff:
NIREF: R/0 155/20 17
FECHA: 27 de junio de 2017
ASUNTO: Resolución de Reclamación presentada al amparo del artículo 24 de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparenc ia, acce so a la información
pública y buen go bierno
En respuesta a la Reclamación presentada
(Plataforma contra la contaminación de Alnn~rldr ;'ll~ tlo
2017, este Consejo de Transparencia y Buen Go bierno, considerando los
Antecedentes y Fundamentos Jurídicos que se especifican a continuación, adopta la
siguiente RESOLUCIÓN:
11. ANTECEDENTES
1. Según se desprende de la documentaci ón obrante en el expediente, -
, en nombre y representación de la Plataforma contra la
Atnn ... r•nn=""'''"' solicitó, mediante escrito de fecha 16 de febrero
de 2017, al amparo de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno (en adelante
L TAIBG), acceder a la siguiente información:
Primero: Sí el Ministerio de Justicia tiene conocimiento del proceso abierto a
España por incumplimiento del Convenio de Aarhus.
Segundo:
Se nos remita copia de cualquier documento que tenga relación con el
asunto tratado.
En el caso de que exista algún tipo de protección o clasificación,
solicitamos se nos comunique qué documentos son y qué Ley lo establece de
forma expresa.
Tercer
o: Sí el Ministerio de Justicia es consciente de que el
incumplimiento
reiterado de las Resoluciones del Comité de Cumplimiento y de las Partes
firmantes del tratado puede tener consecuencias negativas para España.
[email protected]
Cuarto: Qué medidas ha tomado o estudia tomar el Ministerio de Justicia para
que, sin dilaciones, España cumpla lo establecido en
las mencionadas
Resoluciones, de manera que antes del
11 de septiembre de
2017, fecha en que
tendrá lugar, en Budva, Montenegro, el
sexto período de sesiones de la Reunión
de
las Partes del Convenio de Aarhus, España no se exponga a que las Partes
puedan decidir suspender la aplicación del Convenio
de Aarhus en nuestro país.
2.
El 5 de abril de 2017, tuvo entrada escrito de Reclamación presentado por 1
, al amparo de lo dispuesto en el artículo 24 de la
ma,nrtr"!st•=tba que ha transcurrido el plazo máximo establecido
3. El 18 de abril de 2017, este Consejo de Transparencia remitió el expediente a la
Unidad de Información de Transparencia del MINISTERIO DE JUSTICIA, para
que ese Departamento pudiera realizar las alegaciones que considerase
oportunas.
4. El 15 de mayo de 2017, tuvo entrada nuevo escrito presentado por
,
en
el que manifestaba lo siguiente:
• Con fecha 15 de mayo de 2017, nuestra asociación recibió un escrito del
Subdirector General de Información Administrativa e Inspección General
de Servicios en
la que resuelve:
"En consecuencia, según lo dispuesto en
la letra e) del artículo 18.1 de la Lay 1912013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, esta
Secretaría General Técnica resuelve ínadmítír la solicitud de acceso al a
información pública.
n • La solicitud de información se realizó como consecuencia de lo afirmado
por España al Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus, en el
cual
se afirmaba que: En consecuencia, como afirmamos en nuestra
última comunicación, confiamos en que, durante este nuevo período que
acaba
de comenzar ahora, se tendrá en cuenta esta reforma legal. Con
este fin estamos en contacto con el Ministerio de Justicia para reanudar
este proyecto de reforma de la legislación española de Asistencia Legal
Gratuita.
• Lo que la Plataforma quería obtener es información de /os contenidos o
documentos de /os contactos a /os que se refiere la comunicación al
Comité de Cumplimiento del Convenio de Aarhus. Por tanto, no solicitamos
conocer
la
"posición de ejecutivo en un asunto abierto concreto':
• La Plataforma no entiende como podría perjudicar a /as relaciones
exteriores de España conocer
/os esfuerzos que está haciendo para poder
cumplir con
/as reiteradas resoluciones de /as Partes firmantes del
Convenio
de Aarhus, así como de su Comité de Cumplimiento. Al
contrarío, consideramos que, sí la voluntad de España es cumplir con esas
resoluciones, sería de gran ayuda conocer de forma pormenorizada la
información que
así lo evidencie.